Procedimiento de denuncias

En base al art. 94 de la LBA, tu denuncia deberá hacerse:
  • Por escrito
  • Por Comparecencia
  • Vía Telefónica

Elementos que debe contener tu denuncia:

  • Nombre y Domicilio del denunciante
  • Los actos u omisiones denunciados
  • Los datos que permitan identificar al presunto infractor
  • Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante

Requisitos cuando se formula la denuncia vía telefónica:

El servidor público levantará acta circunstanciada

El denunciante deberá ratificarla por escrito en un término de tres días hábiles

La denuncia no puede ser anónima, sin embargo, se reservarán los datos personales del denunciante por razones de seguridad e interés particular si así se solicita, esto con fundamento en el Art. 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Puede descargar aqui el formato de denuncia para presentarla ante el Instituto de Bienestar Animal; Anexando copia de Identificación Oficial y Medios que Confirmen el Maltrato (fotografías y Videos originales, no bajados de internet ni compartido de redes sociales)

Opciones de accesibilidad

Instituto de Bienestar Animal